Próximo incremento de las tasas aeroportuarias en España

Próximo incremento de las tasas aeroportuarias en España
A continuación pueden ver el comunicado que la compañía Iberia ha hecho llegar a nuestra agencia, en relación al incrementeo de las tasas aeroportuarias en España:

Iberia Informa: En relación con el incremento de las tasas aeroportuarias previsto en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, IBERIA informa a continuación sobre las actuaciones que debe desarrollar el canal en su labor de intermediación de los billetes de la compañía:

– Desconocemos en estos momentos la fecha desde la que la Administración del Estado nos hará actualizar los importes de las tasas.

– Si la efectividad fuese inmediata desde la fecha de publicación de la Ley de Presupuesto en el Boletin Oficial del Estado, IBERIA se va a encontrar con billetes, emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de las nuevas tasas, que no las tendrán recogidas, a pesar de lo cual, nos veremos en la obligación de abonar a AENA el importe de las tasas que se aprueben por cada pasajero que pase por un aeropuerto español.

Dentro de las Condiciones Generales del Transporte se avisa a los pasajeros de que » las tasas e impuestos que gravan el trasporte aéreo serán abonados por el pasajero. Estas tasas e impuestos, que pueden constituir una parte importante dentro del precio final, están incluidos en el precio del billete y se indicarán desglosados, cuando se hayan añadido a la tarifa del billete, en el campo impuestos y tasas.

Las tasas e impuestos son objeto de constantes modificaciones o revisiones, que pueden producirse con posterioridad a la fecha de compra del billete. Si se produce un incremento en una tasa o impuesto con posterioridad a la fecha de compra del billete, el pasajero deberá abonar la diferencia con respecto a las reflejadas en el momento de la compra. Asimismo, en el caso de que las tasas o impuestos abonados en el momento de la compra sean eliminados o reducidos con posterioridad, el pasajero podrá reclamar a Iberia el abono de la diferencia.»

 

A los efectos establecidos en las citadas condiciones generales del contrato de transporte suscrito entre IBERIA y el pasajero, y ante la situación que se puede producir por el previsto incremento de tasas aeroportuarias en España, es imprescindible que las agencias informen a los clientes adquirentes de un billete de la compañía que el precio del mismo puede sufrir una modificación en su importe. A estos efectos requerimos la colaboración de todos.

Además, cuando se conozca la fecha exacta desde la cual, la Administración del Estado va a implantar el pago de las tasas con los nuevos niveles incrementados, Iberia enviará una nueva comunicación en la que se indicaran las alternativas que pondremos disposición de agencias y pasajeros para que se pueda gestionar el pago de la diferencia al alza que se produzca en las tasas cobradas originalmente en el billete, de forma que todos nuestros clientes puedan realizar su viaje según tuvieran previsto.

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