Disposiciones de IBERIA: AMPLIACION – Huelga Controladores Aéreos Aeropuerto de Frankfurt 22-24 Febrero 2012
Desde el día 22 y hasta el próximo 24 de febrero está previsto que continúe en Frankfurt una huelga de los controladores aéreos, y aunque IB tiene previsto mantener la operación habitual, es posible que se produzcan retrasos importantes, por lo que IBERIA ha decidido adoptar las siguientes disposiciones:
Se autorizan: (ver procedimientos en apartado siguiente) |
Reembolsos |
SI (solo para pasajeros de vuelos cancelados) |
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Reroutings |
SI |
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Cambios de fecha |
SI |
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Rutas afectadas (viajes con origen o destino) |
Rutas operadas por IB o por YW a/desde: Frankfurt. |
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Billetes autorizados |
Formulario 075 Pasajeros individuales y de Grupos |
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Excepciones |
Billetes AD e ID no están contemplados en estas instrucciones |
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Vuelos afectados |
Pasajeros viajando en las rutas indicadas en vuelos operados por IB o por YW (IB/YW) |
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Autorizados a gestionar los cambios/reembolsos |
Oficinas de Iberia Las agencias de viaje de España contactarán con Serviagencias (*) |
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Fechas autorizadas flexibilización |
Venta |
Billetes emitidos hasta 21 de Febrero de 2012 |
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Vuelo |
Trayectos confirmados para volar el día: 22-24 de Febrero de 2012 |
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Nuevas fechas vuelo |
22- 26 de Febrero de 2012 |
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Número de cambios autorizados |
1 |
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† Se tendrá en cuenta lo siguiente :
Pasajeros de vuelos que operan durante los días afectados: |
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Cambios autorizados |
Misma tarifa y destino en la clase de reserva más baja que esté disponible de la misma cabina sin penalización, tanto en los trayectos operados por IB o YW. |
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Reembolsos |
No permitidos. Si no es posible cambiar la reserva o reemitir el billete en las fechas indicadas, se puede cancelar la reserva y emitir un MCO válido solo para transporte por el importe del billete original; Se aplicarán todas las condiciones y restricciones. |
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Pasajeros de vuelos cancelados : |
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Cambios autorizados |
Mismo destino |
Nueva fecha de salida anterior o igual a la fecha de salida inicialmente programada más 7 días: |
Misma tarifa y destino en la clase de reserva más baja que esté disponible de la misma cabina sin penalización, tanto en los trayectos operados por IB o YW |
Nueva fecha de salida posterior a la fecha de salida inicialmente programada más 7 días |
Mismo destino, en clase de reserva igual o superior a la originalmente reservada. No aplicará penalización por cambio de fecha, pero si se cobrará la diferencia de tarifa si la hubiera |
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Reembolsos |
Los billetes totalmente sin utilizar pueden ser reembolsados por las Agencias de Viaje a la forma original de pago. No se aplicará penalización por cancelación. Los billetes parcialmente utilizados, se enviarán a IBERIA para su reembolso. En España la petición podrá hacerse a través de la web |
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Procedimiento para casos de Cambios |
El importe del billete original se descontará del importe del nuevo billete, abonando el pasajero la diferencia del importe cuando este sea superior, si procede No se contempla MCO cuando la diferencia del importe sea inferior. |
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Procedimiento para casos de Reembolsos |
Si el viaje ha comenzado, se devolverá la parte no volada, según figure en el cálculo de la tarifa del billete (valor facial del cupón/cupones). |
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Otras disposiciones |
No se aplicará cargo de reembolso/reemisión |
Con motivo de la convocatoria de huelga del colectivo de Pilotos, TCP’s y parte del Personal de tierra de Iberia, anunciada para el día 29 de febrero de 2012 y la cancelación de los vuelos no amparados por el R.D. de Servicios Mínimos, Iberia paliará al máximo el contratiempo que se produce a nuestros clientes sin escatimar medios ni esfuerzos.
Informamos que:
- En los sistemas de distribución están apareciendo cancelados los vuelos no afectados por el Decreto de Servicios Mínimos.
- Los vuelos de las series IB5000, IB7000-IB4000 e IB8000, mantienen la normalidad de su operación.
Redcordamos la importancia de avisar al pasajero de la cancelación de su vuelo e informarle de las alternativas ofrecidas por Iberia, dejando rastro de tal aviso en el PNR.
Destacamos:
- Los reembolsos y cambios de fechas están permitidos hasta el 15 de marzo de 2012, con validez del nuevo billete, en su caso hasta el 30 de junio de 2012, con excepción de los siguientes periódos comprendidos entre el 30 de marzo y el 9 de abril ambos inclusive, el 27 de abril y el 2 de mayo ambos inclusive y entre el 11 y 16 de mayo, ambos inclusive. Ninguna de las fechas comprendidas en estos periódos podrán ser utilizadas como nueva fecha de vuelo.
- Los cambios de fecha estarán sujetos a disponibilidad de plazas en la misma clase y condiciones de tarifa del billete original cuando el cambio se realice para un vuelo a partir del 4 de marzo. En el caso de cambios en fechas de vuelo entre la fecha de la huelga y el 3 de marzo, se cambiará a la clase disponible en la cabina que corresponda.
- Quedan exceptuados de esta flexibilización los números de vuelos IB7000, IB4000, IB8000 e IB5000 por tratarse de vuelos operados por otras compañías y no estar afectados en ninguna medida por la huelga.
En el documento adjunto se ponen a vuestra disposición las medidas que Iberia ha previsto para paliar los inconvenientes que esta huelga puede plantear a nuestros clientes.
Asimismo adjuntamos el listado de los vuelos de Iberia cancelados el día 29 de febrero de 2012. En esta ocasión no hay prevista repercusión en vuelos del día anterior ni del posterios.
Agradecemos a todos la colaboración y comprensión que nos seguís prestando