Las principales navieras adoptan la Carta de Derechos del Pasajero

Las navieras que forman parte de la Asociación Internacional de Líneas de Cruceros han decidido adoptado una “Cara de derechos del pasajero” que contiene 10 puntos, que tienen que ver con cuestiones de seguridad, confort y la atención a los viajeros en diferentes ámbitos.
 
Muchas de ellas ya son tenidas en cuenta por los miembros de la CLIA (ver las navieras que la integran), como la atención médica y transporte al puerto madre o a la ciudad de residencia en caso de interrupción del crucero por fallo mecánico.

La CLIA (Cruise Line International Association) lo manifestó tras la solicitud del Senado de Estados Unidos de un reglamento que dejara claros los derechos de los pasajeros, tras varios incidentes en barcos de Carnival Cruise Lines causados por problemas técnicos, el más relevante el protagonizado  por el Carnival Triumph, que quedó a la deriva tras un incendio que dañó sus máquinas.
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El más insistente fue el senador Charles Schumer, miembro del Comité Judicial del Senado, que incluye el Subcomité Antimonopolio, Política de Competencia y Derechos del Consumidor.
“Cuando el senador Schumer propuso esta Carta coincidimos en su necesidad y concordamos en que no queremos que consumidores, agentes de viajes o pasajeros tengan en su mente dudas sobre la seguridad, el confort o la atención”, declaró  la presidenta de CEO de la CLIA, Christine Duffy.

Los derechos, adoptados por unanimidad por los CEOs de las 26 navieras miembros de CLIA-Norteamérica, incluyen también el derecho de desembarcar un barco en puerto si faltan las provisiones esenciales a bordo; el derecho a reembolso completo si el viaje es cancelado por problemas mecánicos, y a atención médica profesional a tiempo completo en caso de emergencia, hasta que estén disponibles cuidados en tierra.

Alguna compañías como es el caso de Carnival ya han publicado la Carta en sus páginas web, y la CLIA ha facilitado material a 14 mil agentes de viajes para comunicar el documento a sus clientes.

La Carta, requisito indisopensable para pertenecer a la CLIA, será remitida por la Asociación a la Organización Marítima Internacional, solicitando reconocimiento global y aplicabilidad bajo la autoridad de la OMI en la industria marítima internacional. Se espera que la resolución sea formalmente adoptada en la asamblea de la OMI, en noviembre.

La CLIA indicó que la Carta de Derechos es de efecto inmediato para pasajeros de Estados Unidos que compren sus cruceros en Norteamérica con navieras miembros de la Asociación, sin importar las regiones de los itinerarios.

“Lo que aprendimos desde el naufragio del Costa Concordia es que no hacemos un buen trabajo educando a la gente, sean decisores políticos o involucrados en la industria; por sobre todas las cosas, funcionamos colectivamente como industria”, afirmó Duffy, remarcando que una de las prioridades de la CLIA es compartir las mejores prácticas en áreas como la seguridad y el medio ambiente.

Entre las acciones colectivas emprendidas por el sector están la revisión de seguridad operativa emprendida tras el naufragio del Costa Concordia, la creación de un panel independiente de expertos para asesorar a la industria, y un reciente ejercicio de respuesta a emergencias realizado en Bahamas.

Los derechos del pasajero
-Derecho a desembarcar un barco amarrado en puerto si las provisiones esenciales como comida, agua, instalaciones de descanso y acceso a cuidados médicos no pueden ser provistas adecuadamente a bordo
-Derecho a reembolso completo si el viaje es cancelado debido a fallas mecánicas, o reembolso parcial para viajes terminados antes de tiempo debido a las mismas causas
-Derecho a tener disponible a bordo de naves operando más allá de ríos o aguas costeras atención profesional médica de emergencia a tiempo completo en la forma en que sea requerida hasta queo estén disponibles servicios en tierra
-Derecho a actualizaciones oportunas con información sobre cualquier ajuste en el itinerario del buque en caso de emergencia o fallo mecánico, así como actualizaciones puntuales sobre el estado de los esfuerzos para resolver esos problemas
-Derecho a una tripulación correctamente entrenada en procedimientos de emergencia y evacuación
-Derecho a fuentes de energía de emergencia en caso de fallo en el generador principal
-Derecho a transporte al puerto de desembarco previsto o a la ciudad de residencia del pasajero en caso de que un crucero termine antes de tiempo por fallos mecánicos
-Derecho a alojamiento si se requiere desembarco o estancia nocturna fuera del programa, cuando el crucero es terminado antes de tiempo por fallos mecánicos
-Derecho a tener incluida en los sitios web de las navieras una línea de llamadas gratis que pueda ser usada para preguntas o solicitudes de información sobre cualquier aspecto de las operaciones de los barcos
-Derecho a que la Carta de Derechos de los Pasajeros de Líneas de Cruceros esté publicada en la web de las distintas compañías.
 
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