Lee estos quince consejos para que no te timen en el avión

 

Según la organización de consumidores «al comprar un billete de avión puedes ser objeto de un buen número de irregularidades. Una lista que se alarga hasta alcanzar al menos la cifra de quince una vez que llegas al aeropuerto, coges el vuelo o te dejan en tierra».

Asegura que se «trata de irregularidades ante las que los usuarios deben reclamar ya que tienen derecho a recuperar las cantidades cobradas ilegalmente o incluso íntegro el importe del billete, recibir una compensación económica o una indemnización por daños y perjuicios».

Lee estos quince consejos para que no te timen en el avión

1. Que compares entre distintas ofertas y, cuando vuelvas a la página donde encontraste la mejor, el precio haya subido. Puede que durante ese tiempo la compañía vendiese varios billetes y haya decidido aplicar un incremento. Aunque no descartes que durante tu primera visita, la web se quedase con tu IP y al comprobar que sigues interesado, te muestra un precio más alto en la confianza de que, por miedo a una nueva subida, hagas la compra ya. Puedes verificar si han utilizado esta técnica reiniciando el módem (si tu conexión no tiene IP fija) o desactivando y volviendo a activar la conexión a datos móviles de tu smartphone.

2. Que te cobren un suplemento por pagar. Por pagar con tarjeta, claro, la única vía que puedes utilizar si realizas la compra online. Todavía hay compañías que aplican este recargo, y eso que la ley dice muy clarito que está prohibido hacerlo.

3. Que te cuelen un seguro porque pensaste que si no lo contratabas viajarías sin ninguno. El precio del billete ya lleva incluido por ley el seguro obligatorio de viajeros. Y la legislación europea prohíbe que en las contrataciones por internet aparezcan preseleccionados servicios adicionales. Aunque alguna aerolínea ha utilizado ganchos engañosos como «le recomendamos firmemente que no viaje sin seguro» para que los usuarios piquen.

4. Que te carguen un plus por elegir asiento… y te obliguen a elegir asiento.

5. Que no te confirmen la compra del billete tras realizar el pago y para averiguar qué ha pasado te veas obligado a llamar a una carísima línea 902 o, en el peor de los casos, a un fraudulento 807.

6. Que no te dejen embarcar porque no llevas encima el DNI. El Plan Nacional de Seguridad Aérea reconoce como documentación válida los documentos de identidad expedidos en cualquier país de la Unión Europea, el pasaporte, el carné de conducir español y el permiso de residencia en España o alguno de los Estados firmantes del tratado Schengen.

7. Que no permitan a tus niños subir al avión en un vuelo con origen y destino en España porque no les sacaste el carné de identidad. La normativa establece que «los pasajeros españoles menores de 14 años, en vuelos nacionales, están exentos de llevar documentación, siendo en todo caso responsable de los mismos la persona con la que realiza el viaje». Documentación y niños, un tema a tener en cuenta.

8. Que te busques otro medio de transporte para llegar a tu destino tras perder el vuelo de ida y a la vuelta la compañía te niegue el embarque porque ha decidido que tampoco pensabas coger el de regreso.

9. Que te digan que tienes que esperar al siguiente vuelo porque han vendido más billetes que asientos y se ha presentado todo el mundo. El conocido como overbooking es legal en la UE, pero implica el derecho del pasajero a recibir una compensación económica de entre 250 y 600 euros, según el tipo de vuelo, además de la cobertura por parte de la aerolínea de los gastos que le provoque la espera (comida, bebida, taxis, alojamiento…).

10. Que el vuelo se retrase y llegues al menos tres horas tarde a tu destino. Ante los grandes retrasos, la legislación europea te reconoce la misma cobertura y compensación económica que cuando se produce overbooking, siempre que no se produzcan por una causa de fuerza mayor (un terremoto, la erupción de un volcán…) o una huelga. En estos casos, la compañía debe hacerse cargo de tus gastos y alojamiento pero no tienes derecho a la compensación económica directa de entre 250 y 600 euros. También puedes exigir una indemnización por daños y perjuicios si el retraso te supone una pérdida económica o un daño moral que puedes acreditar. Y si el retraso es de tantas horas que ha frustrado el objetivo de tu vuelo, puedes exigir la devolución del importe del billete.

11. Que cancelen el vuelo. Cuentas con los mismos derechos que en el punto anterior y la compañía está obligada a reubicarte en otro a la mayor celeridad. Si se retrasa en hacerlo y localizas por tu cuenta un billete con otra compañía, puedes reclamar a la aerolínea que asuma su coste.

12. Que como consecuencia del overbooking, retraso o cancelación pierdas una conexión con otro avión, autobús, tren, barco… La aerolínea responsable debe asumir tus gastos y alojamiento mientras esperas y pagarte el nuevo billete. Si no lo hace, tendrás que pagarlo todo por tu cuenta y reclamarlo después.

13. Que tus maletas aparezcan rotas. Reclama en ese mismo instante, antes de salir del aeropuerto. La compañía tiene que pagarte su reparación o una nuevas.

14. Que tu equipaje desaparezca. No dejes de poner la reclamación en ese momento y si no hay personal de la compañía ni de la autoridad de navegación aérea, pide a la policía o guardia civil que levante atestado del incidente, para que luego no inventen que te las llevaste. Mientras esperas, si no estás en tu ciudad de residencia, puede que tengas que comprar ropa y otros bienes de primera necesidad, cuyo importe tendrá que desembolsar la aerolínea. Si las maletas se pierden para siempre, la aerolínea tendrá que abonarte 500 derechos especiales de giro (DEG) si se trataba de un vuelo con origen y destino en España y 1.131 si era internacional. Los DEG son una moneda del Fondo Monetario Internacional (FMI) que actualmente equivale a…

15. Que pidas comida en el avión y te provoque una intoxicación alimentaria, el aire acondicionado no funcione, sufras una caída porque un pasajero se dejó el equipaje tirado en el suelo… Los problemas de importancia que sufras dentro de la aeronave pueden ser objeto de reclamaciones para exigir una indemnización por daños y perjuicios, que pueden representar desde la devolución de una parte del importe del billete hasta cantidades de miles de euros.

A la hora de resolver con éxito las reclamaciones, FACUA recuerda que es mejor hacerlo respaldado por una organización de consumidores que en solitario. En el caso de que la empresa se niegue a dialogar, el cliente puede pedir a las autoridades competentes (Agencia Estatal de Seguridad Aérea y/o administraciones autonómicas de consumo, según se apele a la normativa de aviación o de protección al consumidor) que abran expedientes sancionadores, y, en último caso, a los tribunales de justicia, a los que en reclamaciones de cantidades inferiores a 2.000 euros se puede acudir sin abogado ni procurador.

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